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Si tienes un caso activo en la corte de inmigración, el Proyecto de Apoyo para Solicitantes de Asilo (ASAP por sus siglas en inglés) tiene información importante que debes saber.

Una de las partes más difíciles del proceso de asilo, sin duda es que el juez de inmigración que lleva el caso lo conceda.

Es importante que sepas que, dentro de los primeros 30 días después de la decisión del juez, el gobierno de los Estados Unidos puede apelar esa decisión en la Junta de Apelaciones de Inmigración (BIA, por sus siglas en inglés). Por lo que deberás revisar el estatus de tu caso durante ese tiempo para ver si el gobierno ha presentado una apelación.

En caso de que el gobierno presente una apelación, deberías recibir un aviso por correo con la información y la fecha límite que tienes para presentar argumentos por escrito a esa apelación, por lo que es posible que necesites un abogado.

Si no cuentas con un abogado y necesitas uno, te compartimos una herramienta que te será de utilidad consulta aquí 

En caso de que el gobierno no apele dentro de los 30 días de la decisión del juez de inmigración de conceder el asilo, la orden será definitiva y usted y los miembros de su familia que haya incluido en su solicitud recibirán el asilo.  

Una vez concedido el asilo usted podrá: solicitar un permiso de trabajo, solicitar la residencia permanente (también conocida como tarjeta de residencia) un año después, solicitar traer a los Estados Unidos a su cónyuge e hijos que estén en el extranjero, también tiene un tiempo limitado para solicitar los beneficios (llamados “beneficios de asilado”), incluida la posible asistencia médica y en efectivo. 

Si tienes dudas sobre este u otros temas, escríbenos.

 

Fuente de información: 

https://www.apoyodeasilo.org/preguntas-frecuentes-corte-de-inmigración/#concede-asilo