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Si has llegado a México en una situación irregular y tienes dudas sobre dónde trabajar y cómo lograrlo, aquí aclararemos algunas de tus dudas.

 

Primero te queremos compartir que en México se requiere que tengas una condición migratoria que te autorice poder trabajar en el país de manera formal.

  • ¿Cuáles son los documentos migratorios que me permiten trabajar en México? 

El Instituto Nacional de Migración (INM) es la única autoridad que puede conceder un documento a las personas extranjeras que les permita trabajar en México; es muy importante que conozcas cuales son las condiciones de estancia con las cuales puedes obtener un empleo.

  • Residencia Permanente: La tarjeta de residencia permanente permite a las personas extranjeras  realizar cualquier actividad remunerada en territorio mexicano. Esta tarjeta de residencia autoriza el permiso de trabajo, aunque no este especificado en la tarjeta de residencia.

 

  • Residencia Temporal: La tarjeta de residencia temporal permite laborar solo si lo especifica la tarjeta de residencia con la leyenda “Permiso para trabajar”.

 

  • Visitante por Razones Humanitarias: La persona solicitante cuenta con permiso para realizar actividades remuneradas. Tiene vigencia por un año con posibilidad de renovación y se otorga en las siguientes situaciones: 
        1. Ser víctima o testigo de algún delito cometido en México.
        2. Ser niña, niño o adolescente migrante no acompañado.
        3. Ser solicitante de asilo político, ante la Secretaría de Relaciones Exteriores (SER)
        4. Ser solicitante del reconocimiento de la condición de refugiado ante la COMAR, hasta no tener una resolución definitiva.
        5. Padecer una enfermedad crónica y degenerativa que impida la devolución de a su país de origen.
        6. Cuando el INM conceda dicha autorización para la expedición de la TVRH.

Recuerda

Si la Tarjeta de Visitante por Razones Humanitarias (TVRH) fue tramitada por ser solicitante de la determinación de la condición de refugiado ante la COMAR, solo será válida en el estado de donde se solicitó la determinación de la condición de refugiado. Por lo que salir del estado de donde iniciaste tu trámite ante la COMAR podría invalidar tu tarjeta y tu proceso ante COMAR.

 

Si tienes dudas o necesitas más información no dudes en ponerte en contacto con nosotros al whatsApp+52 55 9063 7067

 

 

Fuentes de información

https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LMigra.pdf

https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/regley/Reg_LMigra.pdf

https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/regley/Reg_LRPC.pdf