Si tienes miedo de regresar a tu país porque tu vida, seguridad o libertad corren peligro por motivos de género, ideología política, violación masiva de los derechos humanos o pertenencia a un determinado grupo social, tienes derecho a pedir protección como refugiado en México.

 

 

 

¿Quién es una persona refugiada?

Es una persona que ha huido de su país y no puede regresar porque su vida, seguridad o libertad corre peligro. Las personas en esta situación pueden pedir ayuda al gobierno de México para ser reconocidas como refugiadas. Como persona refugiada, podrás moverte libremente dentro del país y tendrás derecho, igual que una persona mexicana, a educación, trabajo, salud, vivienda, entre otros, y contarás con la protección del Estado mexicano. Siempre tendrás la obligación de respetar la Constitución, las leyes y reglamentos mexicanos.

 

 

¿Cómo iniciar el procedimiento para solicitar el reconocimiento de la condición de refugiado en México?

En México, el órgano de gobierno responsable de recibir, analizar y decidir sobre tu solicitud de la condición de refugiado es la Comisión Mexicana de Ayuda a Refugiados (COMAR).

Tienes 30 días hábiles a partir de tu llegada a México para contactar a la COMAR y presentar tu solicitud. Recuerda, los días hábiles son de lunes a viernes, sin contar fines de semana ni días festivos. Si tienes más de 30 días hábiles en el país, busca orientación legal

Si te encuentras en alguna ciudad donde exista una oficina de la COMAR, puedes acercarte directamente para iniciar tu procedimiento. Si no hay oficina de la COMAR en la ciudad en donde te encuentras, puedes iniciarlo en las Oficinas de Regulación Migratoria del Instituto Nacional de Migración (INM) en todo el país.

Si te encuentras dentro de una Estación Migratoria, avisa al personal del INM que deseas iniciar tu procedimiento de reconocimiento de la condición de refugiado.

¡Recuerda! El procedimiento es totalmente gratuito

 

Los primeros pasos

1. ¡Solicita protección!

Acércate a la COMAR, al personal de INM o a cualquier autoridad mexicana y di que deseas solicitar la condición de refugiado en México. Cuenta qué pasó y por qué no puedes regresar a tu país. Puedes decirlo o escribirlo.

2. Formulario

Llenarás un cuestionario explicando por qué saliste de tu país y por qué no puedes regresar. Si tus familiares te acompañan, es importante incluirlos en el formulario; si se encuentran en tu país, debes mencionarlo. La COMAR no va a compartir con nadie lo que tú le digas; es confidencial.

3. Constancia

La COMAR te dará una Constancia de trámite que prueba que has iniciado el procedimiento y que no puedes ser devuelto a tu país. Es un documento oficial con tus datos y fotografía, el cual debe incluir a los familiares que están contigo. ¡Verifica que los datos sean correctos!  

Tu Constancia solo es válida dentro del estado (Entidad Federativa) en el que iniciaste el procedimiento. Si sales del estado, tu trámite se considerará como abandonado. Si deseas moverte a otro estado, debes pedir autorización de traslado a la COMAR.

4. Clave Única de Registro de Población (CURP) temporal

La COMAR también tramitará tu CURP temporal, una clave con números y letras que te permite acceder a trámites y servicios públicos. Da clic aquí para conocer más detalles sobre el trámite de la CURP temporal.

5. Presentarte a firmar

Deberás presentarte en las oficinas de COMAR o del INM para firmar en los días que te indiquen. Si faltas a tu firma, tu procedimiento será considerado como abandonado. Mantente siempre pendiente de las instrucciones y avisos de las autoridades.

6. Tarjeta de visitante por razones humanitarias

Ser solicitante de la condición de refugiado te da derecho a solicitar al INM tu Tarjeta de Visitante por Razones Humanitarias. Esta tarjeta otorga una estancia regular en el país y autorización para trabajar. Es gratuita y tiene vigencia hasta de un año.

Te invitamos a revisar el siguiente contenido si quieres saber más sobre el trámite de la Tarjeta de Visitante por Razones Humanitarias: ¿Que es la Tarjeta de Visitante por Razones Humanitarias  (TVRH) y cómo se tramita?

7. Entrevistas

La COMAR realiza por lo menos dos entrevistas:

  • Elegibilidad. Es una entrevista individual para conocer los motivos por los que huiste de tu país. Es muy importante que COMAR tenga la mayor cantidad de datos sobre lo que te pone en riesgo en tu país. Cuenta detalladamente lo que pasó. No tienes obligación de presentar pruebas, pero si las tienes, muéstralas a la COMAR.

  • Asistencia. Esta etapa es para conocerte y detectar tus necesidades. Su objetivo es facilitarte el acceso a trámites y servicios.

8. Resolución

La COMAR estudia tu caso y te informa su decisión. Este proceso puede tardar hasta 45 días hábiles, además de 10 días hábiles adicionales para que la COMAR te notifique su decisión.

Si la COMAR requiere más información para dar una respuesta, recibirás un aviso y podría tomar otros 45 días hábiles para que recibas la resolución final. En ese caso, te entregarán una nueva Constancia.

  • Resolución positiva

¡Eres Refugiado o recibiste Protección Complementaria!

El proceso no termina aquí. Con tu documentación, debes acudir a la COMAR o a la Oficina de Regulación Migratoria del INM y comenzar tu trámite migratorio para obtener la Tarjeta de residente permanente, tanto para ti como para los familiares que te acompañan. Esto te permitirá vivir en cualquier parte de México.

  • Resolución negativa

Si no estás de acuerdo con la decisión de la COMAR, puedes solicitar que revisen tu caso nuevamente. Si decides no optar por esta oportunidad, podrías regresar a tu país.

Tienes 15 días hábiles a partir de la notificación de la decisión de la COMAR (resolución) para solicitar una segunda revisión de tu caso, conocida como recurso de revisión

 

¡Información adicional!

  • Todo el procedimiento ante la COMAR es gratuito, así como los documentos migratorios que te expida el INM en relación a tu procedimiento.

  • Tienes derecho a contar con un abogado/a público durante todo el procedimiento.

    • Puedes contactar al Instituto Federal de Defensoría Pública (IFDP) para recibir asistencia legal gratuita. Da clic aquí para que ubiques la oficina del IFDP más cercana.

  • Si lo necesitas, puedes solicitar un traductor o intérprete que te asista durante el procedimiento.

  • Tienes derecho a contactar a tu Consulado, pero si no lo deseas, no es obligatorio.

 

 

Oficinas de la COMAR en todo el país

 

  • Oluta, Veracruz

José María Morelos esquina Ignacio Comonfort S/N,

colonia Barrio Primero.

atencion_comarveracruz@hotmail.com

  • Ciudad de México

Calle de Los Remedios No. 21, San Luis Tlatilco

C.P. 56630, Naucalpan de Juárez, Edo de México.
(55) 5209 8800 ext. 30208, 30226 y 30154

dudascomar@segob.com.mx 

  • Tenosique, Tabasco

Calle 2 S/N, esquina calle 55, Col. Pueblo Nuevo (frente a tanque de agua elevado)

55 80 55 93 55

comarconsultatabasco@gmail.com 

  • Tapachula, Chiapas

Oficina de primer registro: parque Ecológico sobre carretera antiguo aeropuerto.

Centro de registro: 2a Avenida Sur 146, Los Naranjos, San Sebastían, C.P. 30790.

Oficina para seguimiento: 8va Avenida Sur y 4ta Poniente No. 39, Col. Centro

55 52 09 88 00 Ext. 59316

cgomezl@segob.gobmx

wsantosv@segob.gob.mx

  • Ciudad Juárez, Chihuahua

Av. Francisco Villa S/N Esquina Av. Heroico Colegio Militar, Col. Centro, C.P. 32000
(962) 642 5318 o (962) 642 5319

comarciudadjuarez@gmail.com

  • Guadalajara, Jalisco

Jesús García 720, ingreso por Mariano Bárcena 820, Col. Artesanos, Zona Centro, C.P. 44200

gdlcomar21@gmail.com

  • Monterrey, Nuevo León

Calle 21 de Marzo 2330, Sierra Ventana C.P 64790
55 80 55 93 86

tramites.comarmty@gmail.com

davi.comarmty@gmail.com

  • Palenque, Chiapas

Carretera Playas de Catazaja-Ocosingo, km 26 A+100 Col. Guayacan, C.P. 29960
91 63 45 30 Ext. 8288206

atencionasolicitante.comar@outlook.com 

  • Saltillo, Coahuila

Libramiento Oscar lores Tapia S/N, km 1.5, Av. Loma Alta, Arteaga, C.P. 25350, Bodega N.
(962) 642 5318 o (962) 642 5319

jevazquez@segob.gob.mx

  • Tijuana, Baja California

Av Venustiano Carranza 6250, Col. Castillo C.P 22050

55 80 55 92 08

citacomartijuana@gmail.com 

 

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Fuentes de información:

ACNUR, la Agencia de la ONU para los Refugiados | ACNUR

 Sin Fronteras IAP                                                                                                                                  

Comisión Mexicana de Ayuda a Refugiados | Gobierno | gob.mx (www.gob.mx)