En México existen diferentes documentos migratorios que avalan la condición migratoria de las personas extranjeras. Dos de estos documentos migratorios son la Fórma Migratoria Múltiple mejor conocida como FMM o su versión digital FMMD y la Tarjeta de Visitante por Razones Humanitarias (TVRH). A continuación, se presentan las principales diferencias entre ambos documentos migratorios:

 

Fórma Migratoria Múltiple (FMM o FMMD):

La fórma migratoria múltiple es el documento migratorio que permite a una persona extranjera obtener una condición de estancia regular en México por un periodo determinado, a esta estancia se le denomina visitante sin permiso para realizar actividades remuneradas (turista). Algunas características importantes son:

  • No permite a la persona realizar actividades remuneradas.
  • Le permite establecerse en el país durante el periodo de vigencia de la FMM/FMMD
  • Requiere cumplir con ciertos requisitos y condiciones establecidos por la autoridad migratoria, como demostrar medios económicos suficientes, presentar documentación específica y cumplir con ciertos criterios de elegibilidad al momento de ingresar a territorio mexicano.
  • El periodo de validez de la fórma puede variar dependiendo de la situación y necesidades particulares de la persona solicitante.
  • Se obtiene la FMM/FMMD al ingresar por un puente internacional terrestre, aéreo o marítimo, pasando por los filtros migratorios ante el INM y sellando el pasaporte correspondiente.

 

La Tarjeta de visitante por razones humanitarias (TVRH):

La tarjeta de visitante por razones humanitarias es un documento migratorio otorgado a personas extranjeras que se encuentran en México y necesitan protección o asistencia humanitaria debido a circunstancias especiales. Algunas características importantes son:

  • Sí se les permite realizar actividades remuneradas en México,
  • Su finalidad principal es brindar protección y asistencia humanitaria a la persona, por lo que la tarjeta puede ser otorgada a personas que se encuentren en situaciones de vulnerabilidad, como ser una persona solicitante de la determinación de la condición de refugiado, ser una persona solicitante de asilo, ser una persona víctima de trata de personas, ser una persona en situación de riesgo (como ser un menor de edad no acompañado) o personas en necesidad de protección internacional (apátrida).
  • Su validez puede variar dependiendo de la situación y necesidades particulares del solicitante, generalmente por periodos renovables de un año.
  • La tarjeta puede proporcionar beneficios adicionales, como acceso a servicios de salud y programas de asistencia social.
  • La Tarjeta de visitante por razones humanitarias se tramita ante una oficina del INM, en los departamentos de regulación migratoria.

Es importante tener en cuenta que las condiciones y requisitos específicos para obtener una fórma migratoria múltiple o una tarjeta de visitante por razones humanitarias pueden variar y están sujetos a la legislación migratoria y las políticas vigentes en México.

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Fuentes de información

http://www.politicamigratoria.gob.mx/work/models/PoliticaMigratoria/CPM/DRII/normateca/nacional/Lineamientosdetramitesyprocedimientosmigratorios.pdf

https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/regley/Reg_LMigra.pdf

https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LMigra.pdf